Pulmón verde de la ciudad y la Ciudad Judicial

Por el Centro de Ingenieros de Mercedes – Las zonas verdes de las ciudades se convierten en auténticos pulmones brindando servicios ambientales como son la captación de agua pluvial; la generación de oxígeno; la disminución de los niveles de contaminación en el aire; la disminución de los efectos de las llamadas “islas de calor”; el amortiguamiento de los niveles de ruidos y ofrecen un ecosistema urbano que ayuda a la conservación de la biodiversidad.

Los pulmones verdes de la ciudad para que lleguen sus beneficios a todas las personas, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), se debe calcular como mínimo un área verde entre 10 y 15 metros cuadrados por habitante.

Los pulmones verdes urbanos constituyen una necesidad y un derecho de los ciudadanos en su conjunto. Es obligación del Estado, sea Nacional, Provincia o Municipal anteponer el bien común de los ciudadanos a la demanda de cualquier grupo o institución que pretenda menoscabarlos.

Los bienes pertenecientes al Estado y que constituyen pulmones verdes no deben ser enajenados para la realización de complejos edilicios, cualquiera sea su destino. La preservación de los espacios verdes es una obligación del Estado.

En la Ciudad de Mercedes de acuerdo a las normativa vigente, Ordenanza de Zonificación N° 5671 que fuera convalidada por el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires en el año 2003, que TODOS DEBEMOS RESPETAR, determina que el sector que se encuentra entre las calles 35 y 29 y las vías de los ferrocarriles San Martín y Sarmiento pertenecen al Distrito de Urbanización Especial N°5 (D.U.E.5) cuyo fin es el Espacio Verde constituyendo el único pulmón de importancia con que cuenta la ciudad.

El terreno en que se construyan edificios destinados al Poder Judicial debe tener una ubicación tal que satisfaga las exigencias que fijan las normas municipales y provinciales, cuyo listado es el siguiente:

1.- Certificado de Aptitud Urbanística

2.- Certificación de los organismos competentes en relación a la prestación de los servicios:

2.1- Energía eléctrica

2.2.- Agua corriente

2.3.- Desagües cloacales

2.4.- Provisión de Gas Natural

2.5.- Desagües pluviales

3.- Accesibilidad, trama circulatoria y el tránsito en su entorno.

4.- Estudio de Impacto Ambiental

5.- Impacto visual en el tejido urbano.

Resulta por demás evidente que el terreno que pertenece al Estado Nacional, ubicado entre las vías del Sarmiento y el San Martín y las calles 29 y 35, no cumple con las exigencias antes mencionadas.

Además debemos señalar que la Ordenanza N° 7716 sancionada por unanimidad por el Honorable Concejo Deliberante en el año 2015 en su artículo 3° dice: “ Preservar la totalidad de los terrenos de las tres líneas ferroviarias que se encuentran en el Partido de Mercedes, no permitiendo el cambio de la zonificación dada por la Ordenanza 5671/03 en el Distrito de Urbanización Especial denominado D.U.E. 5 ni la realización de ningún tipo de construcción, ya sea que se encuentren en trámite de aprobación o que se presenten en el futuro, que no estén relacionadas estrictamente con el desenvolvimiento ferroviario.

Los espacios verdes de la ciudad pertenecen en última instancia al pueblo y no a organismos que fácilmente pueden disponer de numerosos terrenos dentro de las 105.000 hectáreas con que cuenta nuestro Partido, existiendo lugares muchos más apropiados para lo que se pretende realizar sin ocasionar impactos urbanísticos y ambientales totalmente negativos.

Tiempo atrás se pretendió ubicar en los mismos terrenos un plan de viviendas que provocó un fuerte reclamo por parte de los vecinos, el que hizo se desistiera de su construcción. ¿Para este proyecto, siendo los vecinos aquellos directamente afectados, se los ha consultado? ¿Se ha tenido en cuenta la opinión profesional de las Instituciones gremiales y civiles con incumbencia afectadas?

El Centro de Ingenieros reitera una vez más que está a disposición para contribuir a solucionar  la problemática edilicia del Poder Judicial, Departamento Judicial de Mercedes, de forma tal que satisfaga las necesidades presentes y futuras en forma armónica, sustentable y acorde con los principios urbanísticos y ambientales modernos.

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