{"id":41281,"date":"2015-04-29T17:15:03","date_gmt":"2015-04-29T20:15:03","guid":{"rendered":"http:\/\/www.hoymercedes.com.ar\/principal\/?p=41281"},"modified":"2015-04-30T13:54:05","modified_gmt":"2015-04-30T16:54:05","slug":"control-urbano-correr-picadas-es-un-delito-tipificado-en-el-codigo-penal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.hoymercedes.com.ar\/principal\/2015\/04\/29\/control-urbano-correr-picadas-es-un-delito-tipificado-en-el-codigo-penal\/","title":{"rendered":"Control Urbano: \u201cCorrer picadas es un delito tipificado en el C\u00f3digo Penal\u201d y remarca municipio no tiene jurisdicci\u00f3n en R5"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>Desde la Secretar\u00eda de Control Urbano reflexionan sobre este flagelo que los fines de semana se hace notorio en Ruta 5. Aseguran que el municipio no se encuentra facultado a intervenir \u00abper se\u00bb<\/strong><\/em><\/p>\n<p>Desde la Secretar\u00eda de Control Urbano del municipio enviaron un comunicado donde reflexionan sobre el nuevo accidente en la Ruta N\u00ba 5, que esta vez se cobr\u00f3 la vida de tres personas.<\/p>\n<p>No es algo nuevo para los Mercedinos. Las \u201ccarreras\u201d o \u201cpicadas\u201d en moto, son una constante en esa carretera nacional. Y como es de p\u00fablico conocimiento, no es la primera vez que ocurre un hecho luctuoso. Por supuesto, no en esa magnitud.<\/p>\n<p>\u201cSobre dicha circunstancia, nos permitimos reflexionar respecto a dos cuestiones relativas al hecho, y que no por haber sido expresadas por otros vecinos anteriormente, dejan de tener vigencia\u201d, empieza diciendo el comunicado de Control Urbano.<\/p>\n<p>La primera cuesti\u00f3n versa sobre qui\u00e9n tiene competencia para intervenir como autoridad de contralor. En efecto, la Ley Nacional de Tr\u00e1nsito 24.449 en su Art. 2\u00ba establece sobre la materia, precisiones: \u201cSon autoridades de aplicaci\u00f3n y comprobaci\u00f3n de las normas contenidas en esta ley los organismos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires que determinen las respectivas jurisdicciones que adhieran a \u00e9sta&#8230; \u2026As\u00edgnase a las funciones de prevenci\u00f3n y control del tr\u00e1nsito en las rutas nacionales y otros espacios del dominio p\u00fablico nacional a Gendarmer\u00eda Nacional. La Naci\u00f3n, a trav\u00e9s de Gendarmer\u00eda Nacional y las provincias, suscribir\u00e1n\u2026 \u2026los respectivos convenios destinados a coordinar la acci\u00f3n de dicha fuerza exclusivamente sobre las rutas nacionales, excluidos los corredores y rutas o caminos de jurisdicci\u00f3n provincial, salvo autorizaci\u00f3n expresa de las provincias para realizar actuaciones sobre esos espacios\u201d.<\/p>\n<p>En ese mismo sentido, el Decreto 779\/95 reglamentario de la citada Ley, en su Anexo 1 Art. 2\u00b0, reza: \u201cA los efectos de poner en ejecuci\u00f3n la prescripci\u00f3n establecida en el segundo p\u00e1rrafo del presente, fac\u00faltase a la Gendarmer\u00eda Nacional a suscribir convenios de servicios, complementaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con las autoridades nacionales, provinciales, locales con la previa aprobaci\u00f3n del Poder Ejecutivo Provincial, y particulares destinados a hacer efectivo el cumplimiento de la Ley N\u00b0 24.449\u201d.-<\/p>\n<p>Por otra parte, la Ley Provincial de Tr\u00e1nsito 13.927, en ese mismo sentido prescribe tambi\u00e9n el su Art. 2\u00ba: \u201cSe declaran autoridades de aplicaci\u00f3n y comprobaci\u00f3n de la presente norma, sin perjuicio de las asignaciones de competencia que el Poder Ejecutivo efect\u00fae en la Reglamentaci\u00f3n, a la Polic\u00eda de Seguridad Vial en el \u00e1mbito de su competencia y a las Polic\u00edas de Seguridad de la Provincia en los casos de flagrancia, o en los casos en que se le requiera su colaboraci\u00f3n, a la Direcci\u00f3n de Vialidad, a la Direcci\u00f3n Provincial del Transporte, al Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno y a las Municipalidades. El Ministerio de Salud, a trav\u00e9s de la dependencia que designe, podr\u00e1 intervenir en los casos de control de conducci\u00f3n bajo los efectos de alcoholemia y\/o estupefacientes. En lo referente a las funciones de prevenci\u00f3n y control de tr\u00e1nsito en las rutas nacionales y otros espacios del dominio p\u00fablico nacional sometidos a jurisdicci\u00f3n provincial, la Provincia de Buenos Aires, podr\u00e1 celebrar convenios de colaboraci\u00f3n con Gendarmer\u00eda Nacional, la Agencia Nacional de Seguridad Vial y\/o cualquier otro organismo nacional, no pudiendo interferir los mismos en la competencia provincial en esa materia, en virtud de tratarse de una facultad no delegada al Gobierno Federal\u201d.-<\/p>\n<p>En esta s\u00edntesis normativa queda expl\u00edcitamente determinado el marco de competencia asignado a la cuesti\u00f3n, no debiendo confundirse o utilizarse situaciones locales del tr\u00e1nsito para asignar reproches sobre el municipio, donde \u00e9ste en particular no se encuentra facultado a intervenir per se. Va de suyo que para el bien de todos, esta problem\u00e1tica no requiere m\u00e1s dilaciones.<\/p>\n<p>La segunda tem\u00e1tica a reflexionar es que \u201ccorrer picadas\u201d es un delito tipificado en el C\u00f3digo Penal. En efecto el Art\u00edculo 193 bis se\u00f1ala: \u201cSer\u00e1 reprimido con prisi\u00f3n de SEIS (6) meses a TRES (3) a\u00f1os e inhabilitaci\u00f3n especial para conducir por el doble del tiempo de la condena, el conductor que creare una situaci\u00f3n de peligro para la vida o la integridad f\u00edsica de las personas, mediante la participaci\u00f3n en una prueba de velocidad o de destreza con un veh\u00edculo automotor, realizada sin la debida autorizaci\u00f3n de la autoridad competente. La misma pena se aplicar\u00e1 a quien organizare o promocionare la conducta prevista en el presente art\u00edculo, y a quien posibilitare su realizaci\u00f3n por un tercero mediante la entrega de un veh\u00edculo de su propiedad o confiado a su custodia, sabiendo que ser\u00e1 utilizado para ese fin\u201d.-<\/p>\n<p>Es decir, el hecho delictivo no reside en participar de esta clase de competencias de velocidad o destreza con veh\u00edculos automotores, sino en crear una \u201csituaci\u00f3n de peligro\u201d para la vida o la salud f\u00edsica de terceros, por lo cual, si no se da la \u201csituaci\u00f3n de peligro\u201d, por m\u00e1s que la competencia se haya desarrollado, no hay delito alguno ni para el conductor del rodado, ni l\u00f3gicamente para quien la haya organizado, promovido o facilitado, pudiendo solo constituir una mera infracci\u00f3n\u00a0 de tr\u00e1nsito.-<\/p>\n<p>No obstante, debemos reconocer que se ha dado sobre esta acci\u00f3n t\u00edpica, un debate doctrinario y jurisprudencial sobre la descripci\u00f3n del medio empleado que pone en riesgo la vida o la integridad f\u00edsica de las personas, es decir, un \u201cveh\u00edculo automotor\u201d. Para puntualizarlo, la Resoluci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Justicia de la Naci\u00f3n N\u00ba 586\/88 oportunamente incorpor\u00f3 al r\u00e9gimen de automotores -Decreto-Ley 6582\/58-, a los denominados \u201cmotoveh\u00edculos\u201d.<\/p>\n<p>\u201cComo conclusi\u00f3n, resulta una paradoja que algo clandestino como lo que nos trae al debate, pueda ser promocionado libremente en Internet en 4 \u00f3 5 sitios sin que se conozcan datos ni actuaciones sobre tan peligroso y temerario accionar\u201d, afirmaron desde Control Urbano.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde la Secretar\u00eda de Control Urbano reflexionan sobre este flagelo que los fines de semana se hace notorio en Ruta &#8230; <a title=\"Control Urbano: \u201cCorrer picadas es un delito tipificado en el C\u00f3digo Penal\u201d y remarca municipio no tiene jurisdicci\u00f3n en R5\" class=\"read-more\" href=\"https:\/\/www.hoymercedes.com.ar\/principal\/2015\/04\/29\/control-urbano-correr-picadas-es-un-delito-tipificado-en-el-codigo-penal\/\" aria-label=\"Leer m\u00e1s sobre Control Urbano: \u201cCorrer picadas es un delito tipificado en el C\u00f3digo Penal\u201d y remarca municipio no tiene jurisdicci\u00f3n en R5\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":38887,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2},"_wpas_customize_per_network":false,"jetpack_post_was_ever_published":false},"categories":[30],"tags":[1616,6784],"class_list":["post-41281","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-municipio","tag-control-urbano","tag-daniel-loch","generate-columns","tablet-grid-50","mobile-grid-100","grid-parent","grid-50"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/www.hoymercedes.com.ar\/principal\/wp-content\/uploads\/2015\/01\/danielloch.jpg","wps_subtitle":"Seguridad vial","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.hoymercedes.com.ar\/principal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/41281","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.hoymercedes.com.ar\/principal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.hoymercedes.com.ar\/principal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.hoymercedes.com.ar\/principal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.hoymercedes.com.ar\/principal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=41281"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.hoymercedes.com.ar\/principal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/41281\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.hoymercedes.com.ar\/principal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/38887"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.hoymercedes.com.ar\/principal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=41281"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.hoymercedes.com.ar\/principal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=41281"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.hoymercedes.com.ar\/principal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=41281"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}