En el Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 del Departamento Judicial Mercedes se dio a conocer el sentencia recaída contra un sujeto de 43 años (de la localidad de San Antonio De Areco) por el lesiones agravadas, amenazas, coacción y desobediencia de medidas cautelares vigentes todo en contexto de violencia de género. Los hechos ocurrieron entre el 20 de abril de 2025 y 1 de junio de 2025 en la localidad de San Antonio de Areco.
El veredicto fue condenatorio y en la sentencia se impuso la pena de 3 años de prisión por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de “Lesiones graves agravadas por el vínculo preexistente y por mediar violencia de género y coacción simple, desobediencia -dos hechos – y amenazas simples, todo en concurso real entre sí ”.
Vale destacar que las partes solicitaron la aplicación al caso del trámite del juicio abreviado previsto por el Código Procesal Penal. La imputación sostenida por el Ministerio Público Fiscal fue la de “Lesiones graves agravadas por el vínculo preexistente y por mediar violencia de género y coacción simple, desobediencia -dos hechos – y amenazas simples, todo en concurso real entre sí” fue debidamente fundada, solicitando además se le imponga la pena la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimento y costas del proceso. Tanto el acusado y su defensa, así como la víctima prestaron conformidad con dicho requerimiento.
Para el juez Dr. Diego Ignacio Purves se encuentra debidamente acreditado que el día 20 de abril de 2025, en horas de la tarde, la víctima se encontraba en un domicilio de San Antonio de Areco, vivienda del imputado, con quien mantuvo una relación de pareja por más de dos años. En ese momento, el sujeto comenzó una discusión por celos hasta que, en un ascenso de violencia, el acusado comenzó a propinarle golpes de gran magnitud en el rostro. Cuando la víctima comenzó a pedir auxilio, este la dejó ir pero antes la amedrentó con el fin de que no contara a nadie de lo sucedido y la amenazó de muerte. Producto de esta agresión, la mujer sufrió hematomas y fracturas en el rostro.
En tanto, tras la denuncia efectuada por la víctima ante la agresión recibida el Juez de Paz Letrado de San Antonio de Areco dictó una medida cautelar fijando un perímetro de exclusión y el cese de todo acto que implicara agresión física, verbal o psíquica y/o perturbación de cualquier índole, incluidos llamados telefónicos, mensajes de texto, Facebook, WhatsApp o similares.
Sin embargo, el encausado desobedeció la orden establecida por el Juez circulando por fuera del domicilio laboral de la víctima, quedando registrado en cámaras de seguridad, en más de una oportunidad. Mientras que también fue incluida una denuncia en contra del imputado por haber amenazado a un remisero que llevaba a la víctima en sus recorridos presumiendo una relación entre estos.
El juez resolvió condenar al enjuiciado a la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimento que deberá cumplir en el establecimiento carcelario que el Poder Ejecutivo Provincial designe, previa deducción del tiempo de detención y prisión preventiva cumplida, accesorias legales y al pago de las costas del proceso del proceso, por resultar autor material penalmente responsable de los delitos de “Lesiones graves agravadas por el vínculo preexistente y por mediar violencia de género, y coacción simple desobediencia -dos hechos- y amenazas simples, todo en concurso real entre sí (cometidos el 20 de abril de 2025, 29 de mayo de 2025 y 1 de junio de 2025 en la localidad de San Antonio de Areco). Para arribar a dicha resolución se basó en los diversos elementos que se adjuntaron a la causa, en el marco del juicio abreviado llevado a cabo días pasados.
Fuente: Área Comunicacional – Ministerio Público Fiscal Departamental Mercedes
