Cestari propone la modernización de los semáforos

25 cestariEl concejal de la Agrupación Vecinal Mercedina, José Cestari, presentó un Proyecto de Ordenanza para la Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante, que se llevará a cabo este lunes 25 de abril a partir de la hora 19.

El proyecto fue elaborado por el equipo de trabajo del uso de nuevas tecnologías para le seguridad vial, liderado por el joven Marcos Iglesias

Considerando que la ciudad de Mercedes, como otras tantas del mundo plantea, con el crecimiento de su parque automotor, un desafío a los técnicos en Ingeniería de Tránsito.

Es así que se necesita ir trabajando paulatinamente para la modernización de los Semáforos, a través de la ejecución de Programas tendientes hacer un tránsito más fluido, que las comunicaciones sin cable ofrecen cada vez más posibilidades para el desarrollo de Sistemas de Tránsito Inteligente. Estos sistemas implican un amplio grado de tecnologías basadas en telecomunicaciones y electrónica, así como su incorporación a la infraestructura de vehículos y sistemas de transporte. La finalidad de estos sistemas, es reducir el tránsito vial diario de las ciudades.

A los semáforos se les suministra tecnología capaz de almacenar información acerca de la posición y de la velocidad de todos los vehículos de las calles cercanas de la ciudad, y se les programa un sistema para calcular con esta información cómo organizar los cambios de color de sus luces, con el fin de agilizar el tránsito vehicular.

Los investigadores señalan que, según este tipo de tecnología, sirve tanto para los tiempos de los recorridos de los vehículos, como también el consumo de combustible y las emisiones contaminantes.

Lo importante es aportar ideas, para que puedan tomarse decisiones por parte de los gobiernos municipales de utilizar este tipo de tecnología “semáforos inteligentes”

Proyecto de: ORDENANZA

Artículo 1º. Instálense, progresivamente en el Partido de Mercedes, Semáforos Inteligentes íntegramente desarrollados con tecnología LED (light – emitting diode) operados mediante software comercial u open source, pantalla de cuenta regresiva para el cambio de luz, equipado con cámaras de vigilancia y sensores medidores del flujo vehicular, también con batería de emergencia para cortes de energía.

Artículo 2º. Este tipo de tecnología de semaforización Inteligente, deberá realizarse en los nuevos y paulatinamente en los ya instalados.

Artículo 3°. Serán computarizados y controlados remotamente las 24 hs., con posibilidad de cálculo automático y manual de sincronización. Además, con la posibilidad de cambiar las luces desde el centro de monitoreo para facilitar el paso de vehículos de emergencia y realizar modificaciones a la frecuencia del cambio de luces en caso de cortes de calles para agilizar el flujo vehicular.

Artículo 4°. Los Semáforos Inteligentes tendrán las siguientes características:

a)        Con tecnología LED funcionarán con sensores y serán automáticos, sin embargo también serán monitoreados por una central que ayudará al desarrollo del tránsito, si así se requiere.

b)        La cámara tendrá un sensor óptico que enviará la información al dispositivo del control automático de la intersección y, a su vez, lo mandará a un control maestro con pantallas de vigilancia.

c)         Se usará un sensor maestro que sincronizará los semáforos de toda una avenida para un cambio de luces de forma secuencial, también contarán con baterías de emergencia.

d)        Tendrán pantallas para mostrar al peatón el momento apropiado para cruzar la calle o avenida.

e)        Las imágenes enviadas al centro de control de tránsito servirán para poder gestionar problemas cuando ocurran accidentes. El sistema de conteo de vehículos permitirá usar la información de cara a crear planes para optimizar los recorridos en la ciudad. A través de las cámaras se podrá fotografiar a los vehículos que se salten la señal roja que indica el semáforo, e integrando un radar, podrán determinar la velocidad de los vehículos al pasar por el semáforo.

f)          Tendrán pantallas luminosas para mostrar en cuenta regresiva el tiempo para el cambio de luz.

Artículo 5°. Los gastos que demande la presente serán imputados a la partida que el DE  estime correspondiente.

Artículo 6°. El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente Ordenanza en un plazo de 120 días, contados a partir de su promulgación.

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