Cambiemos propone regular la imposición de nombres en lugares públicos

A través de un proyecto que ingresará la sesión legislativa del lunes 25 de marzo, el bloque de Cambiemos buscará tratar un proyecto de ordenanza que regule las imposiciones de nombres a lugares públicos del partido de Mercedes. Los nombres a imponer podrán ser de personas que estén tanto vivas como muertas.

Es relativamente frecuente que los vecinos u organizaciones no gubernamentales presenten en el Concejo Deliberante requerimientos varios para colocar en calles o sitios públicos los nombres de personas notables por su labor profesional, artística, política o solidaria que pueden estar vivas o ya fallecidas.

Así surge la propuesta firmada por los concejales de Cambiemos. Un proyecto que considera necesario “ordenar, compilar y evitar interpretaciones distintas en su aplicación” ante un tema que no está normado en Mercedes.

En su articulado, el proyecto propone que los sitios públicos, tanto naturales como culturales, tanto avenidas, calles, rotondas, plazas, plazoletas, barrios, paseos, parajes, edificios públicos, etc, se hará de acuerdo al historial del nombre a imponer. O sea, el nombre a elegir debe tener relación directa con la comunidad y esa persona debe haberse destacado por “su labor solidaria, profesioanl, artística, política, etc. en pro del mejoramiento de la calidad de vida, relaciones humanas, investigaciones científicas, o por ser impulsores de adelantos sociales y/o económicos, debidamente probados”.

La propuesta también establece que el nombre de la persona a propones para nombrar el sitio público debe tener relación directa con la región, aunque también podría ser en homenaje a un prócer, acontecimiento o fecha que se relacionen con la gesta patriótica Argentina o latinoamericanas.

Asimismo, el proyecto estableces que podrían utilizarse nombre de personas que hayan contribuido con la libertada y los derechos humanos, la promoción del desarrollo del país, las causas sociales, religiosas y políticas, o nombre de figuras ilustres, acontecimientos o fechas que se relacionen con organismos o hechos de trascendencia internacional.

La ordenanza a trabajar a partir de la sesión del venidero lunes, propone también que los nombres a imponer podrán ser de personas vivas o ya fallecidas. En este último caso, no requieren un tiempo de plazo mínimo de su fallecimiento como en normas de otras localidades argentinas.

Algunos de los artículos proponen que no puedan repetirse nombres, ni podrán sustituirse los nombres en lenguas aborígenes, aunque sí podrán sustituirse denominaciones que “atenten contra la identidad nacional, la soberanía argentina y los principios y formas de vida democrática”.

Asimismo, establece que los nombres para los espacios públicos deben ser establecidos por ordenanza aprobada por los dos tercios de los votos del total de la composición del Concejo Deliberante. Finalmente, proponen crear un catálogo de designación de calles y espacios públicos que como Anexo a la Ordenanza deberá actualizarse al final de cada año.

COMENTARIOS

Comentarios