Precios máximos: se eliminan por decreto productos incluidos en el plan

El Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, a través de la Secretaría de Comercio Interior, oficializó, mediante la Resolución 552/2020, la suspensión hasta el 31 de enero de 2021 de más de 50 productos incluidos en el plan Precios Máximos.

La medida abarca productos de los siguientes rubros: alimentos, bebidas, conservas, golosinas, artículos de higiene personal y limpieza. Entre los productos alcanzados están aceite de maíz, patés de ave, arroz integral, arroz preparado, conserva de fruta (excepto duraznos), conservas de pescado (excepto atún y caballa); barra de cereales, bombones y bocaditos de chocolate, chupetines, obleas cubiertas con chocolate o con confituras, pastillas en paquete, sémola y semolín y harina integral

Además de semillas, café en saquitos, café en cápsulas o bolsitas de café para máquinas de café, capuchino instantáneo, capuchino en saquitos, té común en hebras, té saborizado, jugo listo a base de soja, leches condensadas, leches de soja, leches vegetales, papas y otros tubérculos congelados, tortillas de trigo / masa para tacos, pizzas y empanadas congeladas para cocinar, premezcla para pizza, puré instantáneo de zapallo, sopas concentradas, aperitivos, bebidas blancas, whiskys, licores, isotónicas y energizantes, vinos dulces para postres o espirituosos, aprestos y perfumes para tela.

También limpia metales, pomadas para limpieza de calzado, limpieza facial, maquillaje: base, delineador y labial, loción para después de afeitarse, cuidado facial: cremas antiarrugas y antiacné, crema para peinar, gel, cera capilar y tratamiento capilar, salsas de soja, acetos, quesos Brie, camembert, azul y provolone, jugos de fruta 100% natural, enjuague bucal, astillas y bloque de inodoros y vinos identificados por código EAN

Los alimentos, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza que ya no están abarcados por la resolución 100/2020 irán ajustando su precio de manera gradual, ordenada y administrada, producto del diálogo y el consenso entre la autoridad de aplicación y las empresas proveedoras. La vigencia de las medidas se mantendrán según la evolución de las condiciones sanitarias, económicas y sociales.

Para acceder a la Resolución 552/2020, haga clic aquí.

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