Perpetua por matar al ex de su pareja

En la jornada del 4 de abril del corriente se dio a conocer en el Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 del Departamento Judicial Mercedes, el veredicto en el marco del debate oral y público contra Virginia Da Silva Cabral (34 años, de nacionalidad paraguaya) y Edgar Ramón Salinas (43 años, de nacionalidad paraguaya) por el homicidio de Guido Ramón Quiroga Silvero -ex pareja de la imputada -. El hecho ocurrió entre el 28 y 29 de julio de 2017 en la localidad de Navarro.  Da Silva Cabral y Silvero, se habían separado unos meses antes del luctuoso episodio. 

El 28 de julio, Da Silva Cabral se encontró con su ex pareja, en la casa en la que habían convivido en la localidad de Moreno. Posteriormente ambos salieron de la vivienda y se subieron al automóvil Peugeot 505, de Edgar Ramón Salinas, con quien Da Silva Cabral mantenía una relación sentimental y conocía la relación de pareja que había tenido esta con su ex, dirigiéndose los tres hacia la ciudad de Navarro.

En el transcurso del viaje, la mujer y su actual pareja le aplicaron a Silvero un fuerte golpe con un objeto contundente en la cabeza, lo asfixiaron, lo maniataron y amarraron a una piedra, para finalmente arrojarlo al arroyo del puente denominado «Bruno», sito en un camino vecinal de Navarro. 

Para los jueces Dres. Ignacio Racca, Juan Manuel Renaud Mas y Daniel Eugenio Machain, la imputación sostenida por el fiscal de Juicio, Dr. Guillermo Massaroni fue legal y debidamente fundada, y resolvieron, por unanimidad, condenar a Da Silva Cabral a la pena de 12 (doce) años de prisión, accesorias legales y costas del proceso, y a Edgar Ramón Salinas a la pena de prisión perpetua al encontrarlos autores penalmente responsables del delito de “Homicidio agravado por haberse perpetrado contra una persona con quien se ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”. 

Para arribar a dicha resolución se basaron en los diversos elementos que se adjuntaron a la causa, los cuales se ventilaron durante el debate oral llevado a cabo que concluyó el 27 de marzo del corriente. Además, se resaltó que – en relación a la condena de la mujer – la historia de vida de Da Silva Cabral y hechos particulares que se  ventilaron en el debate e incidieron en su accionar, configuraron circunstancias extraordinarias de atenuación. 

Fuente: Ministerio Público Fiscal – Depto Judicial Mercedes

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